Hola Opocompis,
Hoy vengo con otra parte del tema ‘Extinción de la deuda tributaria‘. que complementa la que publique hace unos días:
*** Antes de entrar a profundizar este tema de la oposición, os aconsejo como siempre, ir a la par que estudiamos y resumimos el tema con la legislación LGT y RGR también. ***
Lo primero a tener claro son los conceptos que el aplazamiento consiste en la ampliación del plazo de pago legalmente establecido; y el fraccionamiento se establecen varios periodos y se divide el importe de la deuda a satisfacer en cada uno de esos periodos.
Las deudas tributarias que se encuentren en periodo voluntario o ejecutivo podrán aplazarse o fraccionarse previa solicitud del obligado tributario, cuando su situación económico – financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos.(art.65.1 LGT ).
Por ello, el obligado tributario será el encargado solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda tributaria, que está regulado en:
- Artículo 65 y 82 LGT
- Artículo 44 a 54 RGR
Para finalizar con la extinción de la deuda os dejo un mapa conceptual de forma más visual de las partes que componen dicha extinción.

¡¡A estudiar mucho compis, podemos tachar un tema más del índice!!
©2019 ~ Eli Martínez ~
¿Puedes aportar mas informacion?, ha sido maravilloso encontrar mas explicaciones sobre este tema.
Saludos
Me gustaLe gusta a 1 persona
No habia regresado tu sitio web por un tiempo, porque me pareció que era aburrido, pero los últimos posts son de buena calidad, así que supongo que voy a añadirte a mi lista de sitios web cotidiana. Te lo mereces amigo. 🙂
Saludos
Me gustaLe gusta a 1 persona
[…] Tema 12. La extinción de la deuda tributaria (II). La extinción de la deuda tributaria (III). […]
Me gustaLe gusta a 1 persona
[…] Tema 12. La extinción de la deuda tributaria (II). La extinción de la deuda tributaria (III). […]
Me gustaLe gusta a 1 persona